Secretaría Virtual/Virtual School Office

HORARIO DE SECRETARÍA

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.

 

  

 

 

DOCUMENTOS Y CONVOCATORIAS 24/25

NOTA: 

Si alguna familia cambia de dirección o de teléfono, rogamos lo comunique  en secretaría para actualizar los datos.  Son necesarios a la hora de ponernos en contacto.

 FECHAS DE MATRICULACIÓN

Nuevos alumnos 

Infantil y Primaria  del 24 de junio al 28 de junio, a través de la aplicación.
Secundaria del 24 de junio al 10 de julio, también por aplicación.
*Se aconseja tener la documentación escaneada previamente 


CURSO 2024-2025


Admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, para cursar en el Curso académico 2024-2025 enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación primaria, Educación Secundaria Obligatoria (ESO), Bachillerato y Programas de Formación para la Transición a la vida Adulta.

Se gestionará así mismo,la admisión de primer ciclo de educación infantil cuyos centros tengan continuidad de las enseñanzas (segundo ciclo de educación infantil).


Información general


El proceso de admisión al que nos referimos es el que se aplica al alumnado que pretende cursar enseñanzas sostenidas con fondos públicos de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria , bachillerato y programas de formación para la transición a la vida adulta.

El proceso de admisión han requerido contar con un soporte normativo, y mecanismos que contribuyan a una mayor calidad en la gestión del mismo y, en este sentido, se establece un completo catálogo de principios reguladores del proceso que, además de la garantía de acceso a la enseñanza o la libre elección de centro, incide en la no discriminación, en la igualdad en la aplicación de las normas, en la calidad educativa, en la igualdad de oportunidades y la cohesión social.

La Ley Orgánica2/2006, de 3 de mayo ed Educación (LOE), regula en el título II capítulo III, la escolarización en centros públicos y privados concertados. Este capítulo se ha visto afectado por la modificación que la citada ley orgánica ha efectuado la Ley Orgánica 3/2020, 29 de diciembre (LOMLOE).

En cuanto a disposiciones de carácter general, está constituido por:

  • DECRETO 52/2018, de 27 de diciembre,por el que se regula la admisión en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León,modificado por el DECRETO 32/2021, de 25 de noviembre..(..)
  • ORDEN EDU/70/2019, de 30 de enero, por la que se desarrolla el Decreto 52/2018.. (...) , modificada por la ORDEN 1623/2021, de 22 de diciembre... (...)

+ver apartado de normativa

La gestión del proceso de admisión de cada año se concreta en la Resolución cuyo objetivo general se explicita en su propio articulado, y es concretar las actuaciones que deberán llevarse a cabo para la correcta gestión del próximo proceso de admisión, tanto por el alumnado y familias participantes, como por los demás agentes con participación en el proceso (centros docentes, órganos periféricos, etc.).

PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE ADMISIÓN

La participación en el proceso de admisión se realiza de forma diferenciada según el momento y las circunstancias bajo las que se solicite:

Proceso ordinario


PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

Del 14 de marzo al 3 de abril de 2024 (hasta las 14:00h)

Periodo comprendido entre la publicación de la Resolución anual por la que se concreta la gestión del proceso y la resolución de adjudicación de plazas.

PERIODO NO ORDINARIO "EXCEPCIONALIDAD"

Admisión del alumnado fuera del proceso ordinario. 2º ciclo de educación infantil, educación primaria, ESO y Bachillerato.
Del 15 de julio al 30 de agosto de 2024 (hasta las 14:00h)


-ver apartado-

Procedimiento de admisión en supuestos excepcionales

  • Necesidades excepcionales de escolarización inmediata que se produzca a lo largo del curso escolar y no puedan ser resueltas mediante el proceso ordinario de admisión.
  • Cambio de residencia derivado de actos de violencia de género.
  • Discapacidad sobrevenida.
  • Traslado de la unidad familiar (movilidad forzosa).
  • Incorporación al sistema educativo.
  • Adopción o acogimiento.
  • Convivencia escolar desfavorable.
  • Cambios de centro realizados de oficio por la dirección provincial.

Procedimiento simplificado de cambio de centro para el curso

 

______________________________________________________

Programa de gratuidad de libros de texto RELEO PLUS 2024/2025. Convocatoria

Plazo de presentación de solicitudes: del 3 al 23 de febrero de 2024, ambos inclusive

 

El 2 de febrero se publica en BOCYL la Orden EDU/57/2024, por la que se convoca la participación en el Programa de gratuidad de libros de texto "RELEO PLUS" y las ayudas en él contenidas, cofinanciadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y Deportes, para el curso escolar 2024/2025.

El Programa «RELEO PLUS», tiene por objeto proporcionar el uso gratuito de los libros de texto al alumnado que curse educación primaria o educación secundaria obligatoria en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León.

Fases del programa

El Programa "RELEO PLUS se articulará en dos fases

  1. Una primera fase de concesión directa de ayudas en especie o dinerarias, dirigidas a todo el alumnado que curse educación primaria o educación secundaria obligatoria en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León y cuya renta de la unidad familiar en el año 2022 no supere en 2,82 veces el IPREM en 2023, es decir 23.688 €El alumnado beneficiario de estas ayudas recibirá como ayuda en especie los libros de texto del Banco de libros ubicado en el centro donde curse sus estudios, y solo en el caso de que en éste no se dispusiera de las existencias requeridas se le entregará una ayuda dineraria por el importe de la adquisición de los libros necesarios con el límite establecido en el apartado sexto y previa justificación. La concesión de ayudas dinerarias será por tanto subsidiaria para aquellos beneficiarios con derecho al uso gratuito de libros de texto que no puedan recibir libros del Banco por no haber existencias.

En ningún caso se podrá elegir el tipo de ayuda a recibir de modo que los beneficiarios que rechacen la ayuda en especie perderán tal condición y no recibirán tampoco ayuda dineraria.

  • 2. En una segunda fase y en el caso de que una vez otorgadas las ayudas previstas en el punto 1, continuaran existiendo libros de texto en el centro docente pertenecientes al Banco de libros de texto y material curricular de Castilla y León, se procederá a su entrega, por orden inverso a su nivel de renta, al alumnado que estudiando en él y no siendo beneficiario de las citadas ayudas hubiera solicitado la participación en el programa.

Los beneficiarios del Programa de gratuidad de libros de texto "RELEO PLUS" y todos aquellos que dispongan del uso gratuito de libros de texto procedente del Banco de libros de textos de Castilla y León ubicado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos, deberán entregar en buen estado los libros subvencionados o recibidos en el centro donde estuvieran matriculados una vez finalice el curso.

Tipos de ayudas

  1. El alumnado beneficiario con derecho al uso gratuito de libros de texto acudirá en primer lugar al banco de libros de texto ubicado en el centro en el que estudie, o en el centro público al que esté adscrito el centro privado no sostenido con fondos públicos al que asista, teniendo la entrega de estos libros la consideración de ayuda en especie.
  2. En el caso de que el banco de libros de texto y material curricular ubicado en el centro no dispusiera de las existencias necesarias para atender las solicitudes de los beneficiarios, se les concederá una ayuda dineraria que se corresponderá con el importe de la adquisición de los libros necesarios, con el siguiente límite:
    1. Doscientos ochenta euros (280 €) para financiar la adquisición de libros de texto de educación primaria.
    2. Trescientos cincuenta euros (350 €) para financiar la adquisición de libros de texto de educación secundaria obligatoria.

En ningún caso se podrá elegir el tipo de ayuda a recibir de modo que los beneficiarios que rechacen la ayuda en especie perderán tal condición y no recibirán tampoco ayuda dineraria.

Material subvencionable

  1. Serán subvencionables en el marco del Programa "RELEO PLUS", los libros de texto del alumnado que curse educación primaria o educación secundaria obligatoria en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León.
    Se consideran libros de texto subvencionables los siguientes:
    1. Los libros impresos o en soporte digital que los centros docentes, en desarrollo de los contenidos establecidos en el currículo oficial vigente, hayan seleccionado para ser utilizados por el alumnado en el curso escolar 2024/2025, así como los materiales asociados a dichos libros de texto, tales como cuadernillos de actividades y licencias digitales.
    2. Los libros y materiales impresos o en soporte digital destinados a favorecer el desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje adaptado al alumnado con necesidades educativas específicas.
  2. No serán subvencionables los materiales curriculares que sirvan de complemento o apoyo en cada curso escolar, como pueden ser los libros de lectura, atlas, mapas o diccionarios.

Formalización de las solicitudes

Las solicitudes se pueden obtener a través de la aplicación informática:


acceso. Este enlace se abrirá en una ventana nueva

Disponible desde las 00:00:00 horas del 3 de febrero hasta las 23:59:59 horas del 23 de febrero de 2024)

Si participó en la convocatoria Releo Plus 2023/2024, podrá acceder a la solicitud pregrabada con su NIF, los 10 últimos dígitos del número de cuenta que registró en la solicitud y la fecha de nacimiento del alumno para el que solicita la ayuda. Podrá modificarla si es necesario, confirmarla e imprimirla.

Si no participó en la convocatoria Releo Plus 2023/2024 podrá generar una nueva solicitud e imprimirla.


No se puede escribir en la solicitud, solamente las firmas. Se debe acceder a la aplicación para modificar datos.

Presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comienza el 3 de febrero y finaliza el 23 de febrero de 2024.

Las solicitudes deben ser firmadas por todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad.

Las solicitudes se pueden presentar de forma presencial, preferentemente en la secretaría del centro docente en el que se encuentra matriculado el alumno en el curso 2023/2024.

También se pueden presentar de forma electrónica. Para ello, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico o de cualquier certificado electrónico expedido por entidad prestadora del servicio de certificación que haya sido previamente reconocida por esta administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas. Si se teletramita la solicitud habrá que adjuntar el Documento nº 2: Recogida de Firmas.

Petición, asignación y entrega de libros del Banco de libros de texto de Castilla y León.

Una vez publicada la resolución de la convocatoria de participación en el Programa "RELEO PLUS", la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado pondrá a disposición de cada centro docente la relación de los beneficiarios que adquieren el derecho al uso gratuito de libros de texto, y la relación de participantes que habiendo solicitado la participación en el programa no adquieran el derecho al uso gratuito de libros de texto por superar el nivel de renta exigido. La totalidad de este alumnado habrá completado su solicitud especificando los libros concretos cuyo uso gratuito solicita en los siguientes plazos:

  1. Alumnos de educación primaria: del 5 al 17 de junio de 2024.
  2. Alumnos de educación secundaria obligatoria: del 19 al 28 de junio de 2024.

La comisión de gestión del Banco de libros de texto de Castilla y León creada en cada centro docente, a partir del listado de beneficiarios de las ayudas de su centro docente y tras conocerse las devoluciones y las donaciones a efectuar por parte del alumnado y, en su caso, por otras entidades, comprobará qué parte de las necesidades de este alumnado pueden ser cubiertas con los libros de texto existentes en el centro, procediendo a realizar una preasignación de los mismos.

La preasignación de libros de texto en educación primaria se realizará del 18 al 30 de junio de 2024 y en educación secundaria obligatoria del 1 al 12 de julio de 2024.

Realizada la preasignación de libros existentes en el Banco de libros de texto de Castilla y León, la comisión de gestión de cada centro pondrá en conocimiento de las familias del alumnado beneficiario a quiénes se les pueden entregar libros procedentes del citado banco para su uso gratuito y, en su caso, a quiénes se les entregará una ayuda dineraria para proceder a su compra por no disponer en el banco de los ejemplares requeridos.

La devolución de los libros y el material curricular que formen parte del Banco de Libros de texto de Castilla y León tendrá lugar hasta el día 28 de junio de 2024.

La asignación definitiva de los libros y su entregadel 2 al 10 de septiembre de 2024 tanto para los alumnos de educación primaria como para los de educación secundaria obligatoria.

En el caso de que una vez cubiertas las necesidades de los beneficiarios continuaran existiendo libros de texto en el Banco de libros de texto de Castilla y León, se procederá a su entrega al alumnado solicitante que no hubiera resultado beneficiario de ayuda en el Programa de gratuidad de libros de texto "RELEO PLUS", en función de su nivel de renta, previa firma por parte del solicitante del documento que le entregará el centro docente.

Justificación de la ayuda

El alumnado beneficiario con derecho al uso gratuito de libros de texto deberá presentar como justificación el documento número 7 firmado por el padre, la madre o el tutor legal que haya formulado la solicitud de participación y el director del centro en el que se hagan constar los libros que, en su caso, le han sido entregados procedentes del banco y la factura correspondiente a todos aquellos que haya adquirido.

La factura, una por alumno, salvo que el material subvencionable se adquiera en establecimientos o en momentos diferentes, se expedirá a nombre del padre, madre o tutor, indicando el curso o enseñanza a la que corresponden los libros de texto y únicamente comprenderá los libros de texto susceptibles de ser subvencionados y no otro tipo de material escolar.

La presentación de la documentación justificativa se realizará del 2 al 27 de septiembre de 2024 en la secretaría del centro docente donde el alumno se encuentre matriculado en el curso escolar 2024/2025.


Plazos previstos de tramitación

  1. Presentación de solicitudes: del 3 al 23 de febrero de 2024,ambos inclusive.
  2. Listados de solicitudes presentadas, con indicación de errores a subsanar: previsto abril de 2024.
  3. Plazo de presentación de subsanaciones: 10 días a partir del siguiente a la publicación de los listados provisionales.
  4. Listado definitivo de beneficiarios: previsto finales de mayo de 2024.
  5. Devolución de libros al banco de libros procedentes del Programa RELEO PLUS 2022/2023: hasta el 28 de junio de 2024.
  6. Solicitud de libros del banco de libros:
    1. Primaria: del 5 al 17 de junio de 2024.
    2. ESO: del 19 al 28 de junio de 2024.
  7. Preasignación de libros del banco de libros y comunicación a las familias:
    1. Primaria: del 18 al 30 de junio de 2024.
    2. ESO: del 1 al 12 de julio de 2024.
  8. Entrega de libros del banco de libros: del 2 al 10 de septiembre de 2024.
  9. Justificación de la ayuda: del 2 al 27 de septiembre de 2024.
  10. Listados de subsanación de la justificación: prevista últimos de octubre de 2024.
  11. Subsanación de la justificación: 10 días a partir del siguiente a la publicación de los listados.
  12. Pago de las ayudas: previsto finales de diciembre 2024.

_______________________________________________________________________________

 

Ayudas transporte segundo ciclo ed. infantil, ed. primaria, ESO, FP básica y ed. especial 2023/2024. Convocatoria

El 12 de de diciembre de 2023 se publica en el BOCYL el extracto de la Orden de 29 de noviembre de 2023, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas para financiar el gasto de transporte escolar del alumnado que curse segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, formación profesional básica o educación especial, en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación o, por necesidades de escolarización, en centros privados concertados de la Comunidad de Castilla y León durante el curso 2023/2024 y del alumnado que haya participado en programas de refuerzo educativo promovidos por la citada consejería durante el mes de junio o julio de 2023.

Las ayudas se convocarán en dos modalidades:

  1. - Modalidad de transporte diario.
  2. - Modalidad de transporte de fin de semana.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los alumnos que reúnan los siguientes requisitos generales:

    1. Tener la residencia familiar en la Comunidad de Castilla y León.
    2. Alumnado que curse segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, ciclos formativos de grado básico o educación especial, en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación o, por necesidades de escolarización, en centros privados concertados de la Comunidadde Castilla y León durante el curso 2023-2024.

    3. Alumnado que, perteneciendo a los niveles educativos anteriores, haya participado, esté participando o vaya a participar en los programas de refuerzo educativo promovidos por la Consejería de Educación siguientes:

      • Programa para la Mejora del Éxito Educativo durante los meses de junio y julio de 2023.

      • Programa para la Mejora del Éxito Educativo durante el curso escolar 2023/2024 (desde el 16/10/2023 hasta el 31/05/2024).Proyecto ESTALMAT (Estimulación del Talento Matemático).

      • Proyecto ESTALMAT (Estimulación del Talento Matemático).
      • Programa AER-CYL (Actividades Extraescolares en el medio Rural de Castilla y León).

  1. 4. Ser imposible para el alumno hacer uso de los servicios de transporte escolar contratados por la Consejería de Educación, viéndose obligado a realizar gastos de transporte para desplazarse a su centro escolar o a la parada más próxima de la ruta escolar, en los términos que se establecen para cada modalidad.

Además de lo anterior, los alumnos deberán reunir los siguientes requisitos específicos en función de la modalidad:

  1. Modalidad de transporte diario:
    1. No tener, en su localidad de residencia, un centro de su nivel o etapa de escolarización y estar, por tanto, escolarizado en el centro educativo más cercano a su domicilio dentro de la zona que le corresponda o bien en el centro educativo de más fácil acceso siempre que se considere conveniente por parte de la dirección provincial de educación correspondiente.
      No obstante, los alumnos de educación especial podrán ser beneficiarios de la ayuda, aun cuando el centro esté ubicado en la misma localidad de residencia, siempre que las necesidades derivadas de la discapacidad del alumno dificulten su desplazamiento al mismo.
      También podrá ser beneficiario de las ayudas, aquel alumnado que haya participado, durante los mes de junio o julio de 2023, en un programa de refuerzo educativo promovido por la Consejería de Educación, siempre que su domicilio familiar se encuentre en ese momento a más de dos kilómetros del núcleo de población en el que estuviera ubicado el centro en el que se impartía el programa.
    2. Encontrarse el domicilio familiar a más de 2 kilómetros del núcleo de población donde esté ubicado el centro de escolarización que les corresponda, y considerarse conveniente, por parte de la dirección provincial de educación, la necesidad de un transporte hasta el centro educativo o bien a la parada más próxima de la ruta escolar organizada por la Consejería de Educación.
    3. No contar, en su localidad de residencia, con servicio de transporte escolar contratado por la Consejería de Educación. No obstante, podrán ser beneficiarios de estas ayudas los alumnos que si bien cuentan en su localidad de residencia con servicio de transporte escolar, concurre alguna de las siguientes circunstancias:
      • No poder hacer uso del transporte escolar como consecuencia de serias dificultades físicas o psíquicas.
      • Tener otras dificultades en el acceso al centro educativo según consideración de la dirección provincial de educación.
      • No poder hacer uso de los servicios de transporte escolar contratados por la Consejería de Educación por ampliación del horario lectivo vinculado a una sección bilingüe u a otro programa de refuerzo educativo aprobado por la citada consejería.
  2. Modalidad de transporte de fin de semana:
    1. Cumplir los requisitos establecidos anteriormente en la modalidad de transporte diario.
    2. Encontrarse escolarizado en régimen de internado en Escuelas hogar u otros centros con residencia de la Consejería de Educación.
  3. También podrán ser beneficiarios de la ayuda los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a una discapacidad, acreditada por la Gerencia de Servicios Sociales o un equipo de orientación educativa y psicopedagógica, que precisen trasladarse a otro centro, en horario lectivo, para recibir tratamientos específicos educativos, siempre que hayan solicitado ayuda al estudio a través de la correspondiente convocatoria del Ministerio de Educación y Formación Profesional, y dicha solicitud no haya sido estimada por no reunir los requisitos económicos.

Los criterios para determinar las cuantías de las ayudas están establecidos en la Orden de Convocatoria, que se puede descargar en el apartado "Ficheros disponibles".

Plazo de presentación de solicitudes:del 13 de diciembre al 4 de enero de 2024, preferiblemente en la secretaría del centro donde el alumno cursa estudios durante el curso 2023/2024, o en su caso, en el centro en el que estuviera matriculado si la ayuda es para el pograma de refuerzo educativo durante el mes de junio o julio de 2023. Excepcionalmente, se podrán admitir las solicitudes presentadas fuera de plazo y siempre antes del 26 de abril de 2024, debido a escolarización tardía, cambio de domicilio o comienzo de alguna medida de refuerzo educativo en fecha posterior a la finalización de dicho plazo.

Las solicitudes se deben obtener a través de la aplicación informática (enlace)

Una vez cumplimentada la solicitud se puede teletramitar, si dispone de certificado digital, o en caso contrario la debe imprimir, firmar, y presentar preferiblemente en la secretaría del centro.

                                        

                               

 

                                        

 

 

Enlaces Institucionales
Portal de educación Directorio de Centros Recursos Educativos Calendario